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Estancia temporal en un hogar geriátrico: qué es y cuándo usarla

Por el Equipo editorial HogaresCol · Publicado el · Actualizado el · 7 min de lectura

En resumen

Una estancia temporal o de respiro es un cuidado de corta duración en un hogar geriátrico, de unos días a varias semanas, que le da un descanso a quien cuida. Puede servir durante un viaje o un compromiso de la familia, mientras se adapta la casa, después de una hospitalización si el médico lo aprueba, o para conocer un hogar antes de una decisión de largo plazo. No todos los hogares la ofrecen: pregúntelo directamente.

Cuidar a un ser querido todos los días, sin pausa, desgasta incluso a la persona más fuerte. A veces lo que la familia necesita no es una decisión para siempre, sino unos días de descanso con la tranquilidad de que su papá, su mamá o su abuelo está bien acompañado. Para eso existe la estancia temporal en un hogar geriátrico, también conocida como estancia por días o de respiro. Aquí le contamos qué es, cuándo puede servir y cómo prepararla con cariño.

¿Qué es una estancia temporal o de respiro?

Es un cuidado de corta duración que le da un alivio a quien cuida, para que pueda descansar, viajar o compartir con otros familiares y amigos. Puede durar desde unas horas hasta varias semanas, y se puede dar en la casa, en una institución o en un centro día. Traducido y adaptado de: National Institute on Aging, NIH (nia.nih.gov), 2023.

En Colombia, la ley define los centros de protección social para el adulto mayor como instituciones que ofrecen hospedaje, bienestar social y cuidado integral de manera permanente o temporal (Ley 1315 de 2009, artículo 2). Es decir, un hogar geriátrico puede recibir a una persona por una temporada. Eso sí, no todos los hogares ofrecen estancias cortas, así que conviene preguntarlo directamente.

¿Cuándo puede servir?

  • Cuando quien cuida necesita descansar. Sentirse agotado, abrumado o ansioso, dormir mal, irritarse con facilidad o perder el interés por lo que antes disfrutaba son señales de estrés en el cuidador. No espere a estar completamente agotado para buscar apoyo. Adaptado de: National Institute on Aging, NIH (nia.nih.gov), 2024.
  • Durante un viaje, unas vacaciones o un compromiso de la familia, como una cirugía o una temporada de mucho trabajo de quien cuida.
  • Mientras se hacen arreglos en la casa, por ejemplo para adaptar el baño o instalar pasamanos.
  • Después de una hospitalización, si el médico considera que su familiar ya puede salir pero necesita acompañamiento por un tiempo. Algunos apoyos se necesitan solo por un periodo corto, por ejemplo mientras alguien se recupera de una operación. Traducido y adaptado de: National Institute on Aging, NIH (nia.nih.gov), 2023.
  • Para conocer un hogar antes de una decisión de largo plazo. Unos días allí le permiten a su familiar y a usted ver cómo se sienten con el lugar, el personal y las rutinas.

Tenga en cuenta que los hogares no pueden recibir a personas que requieran asistencia médica continua o permanente, salvo que estén habilitados para prestar servicios de salud o cuenten con el personal y los equipos necesarios, según el criterio del médico tratante (Ley 1315 de 2009, artículo 3). Si su familiar sale de una cirugía o de una hospitalización, pregúntele a su médico qué cuidados necesita y confirme con el hogar que puede darlos.

Pedir un respiro también es cuidar

Aceptar ayuda no siempre es fácil. Muchas personas temen ser una carga o sienten que deberían poder con todo. Pero muchos cuidadores dicen después que hicieron demasiado solos y que les habría gustado pedir más apoyo. Traducido y adaptado de: National Institute on Aging, NIH (nia.nih.gov), 2023.

Tomarse unos días no es abandonar a su ser querido. Es una forma de recuperar fuerzas para seguir acompañándolo con paciencia y con cariño.

Preguntas para hacerle al hogar antes de la estancia

  1. ¿Reciben estancias temporales o por días? ¿Cuál es el tiempo mínimo y el máximo?
  2. ¿Hacen una valoración antes del ingreso? ¿Qué documentos necesitan, por ejemplo la historia clínica, las fórmulas médicas y los datos de la EPS?
  3. ¿Qué nivel de cuidado pueden darle a mi familiar? ¿Tienen personal de enfermería? ¿Cuántas personas hay en el turno de la noche?
  4. ¿Quién administra los medicamentos y cómo lo registran?
  5. ¿Qué hacen si se enferma o tiene una urgencia durante la estancia?
  6. ¿Cómo será su habitación y su rutina diaria? ¿Puede participar en las actividades?
  7. ¿Cómo son las visitas y las llamadas? ¿Cómo me mantendrán informado?
  8. ¿Qué incluye la tarifa y qué se cobra aparte?

Aunque la estancia sea corta, pida que las condiciones queden por escrito y verifique la licencia del hogar. Le pueden servir nuestra checklist de visita y las preguntas para hacer antes de firmar el contrato.

Cómo preparar a su familiar

Háblelo con tiempo y escuche su opinión

Cuéntele con calma por qué es la estancia, cuánto durará y cuándo volverá a casa. Escuche lo que le preocupa. La Convención Interamericana sobre los derechos de las personas mayores, aprobada en Colombia por la Ley 2055 de 2020, pide que el ingreso a los servicios de cuidado de largo plazo responda a la voluntad libre y expresa de la persona mayor. Aunque se trate de unos días, su opinión cuenta.

Si es posible, visiten juntos el hogar antes de la estancia para que conozca el lugar y a las personas que lo van a cuidar.

Prepare una hoja con lo esencial

Deje por escrito para el personal:

  • Sus medicamentos, con las dosis y los horarios.
  • Alergias, dieta y alimentos que no le gustan.
  • Sus rutinas: a qué hora se levanta, cómo prefiere bañarse, si toma siesta.
  • Lo que lo tranquiliza cuando está inquieto, y lo que lo incomoda.
  • Los datos de contacto de la familia y de su EPS.

Lleve objetos que lo hagan sentir en casa

Una cobija, una foto familiar, su radio o un libro pueden ayudarle a sentirse acompañado. Marque la ropa con su nombre.

Si su familiar tiene Alzheimer u otra demencia

Un cambio de lugar puede ser más difícil para una persona con demencia. Conozca al personal antes del ingreso y cuénteles sus preferencias y rutinas. Escuche sus preocupaciones, pero sin discutir con él o ella sobre por qué debe estar allí. Traducido y adaptado de: National Institute on Aging, NIH (nia.nih.gov), 2024. Pregunte al hogar si tiene experiencia acompañando a personas con demencia; aquí le contamos qué debe tener un hogar para personas con Alzheimer o demencia.

Durante y después de la estancia

Llame o visite según lo que hayan acordado, y pregunte cómo ha comido, cómo ha dormido y cómo se ha sentido. Al regresar a casa, pídale al hogar un resumen corto de cómo le fue y observe a su familiar durante los primeros días.

Esa experiencia también le ayuda a decidir. Algunas familias descubren que unos días de respiro de vez en cuando les permiten seguir cuidando en casa. Otras se dan cuenta de que su ser querido se siente bien en un hogar y empiezan a pensar en algo más estable. Si es su caso, le pueden servir nuestras guías sobre cuándo es momento de un hogar geriátrico, la comparación entre hogar geriátrico, centro día o cuidador en casa y cómo acompañar a su familiar en su primer mes en el hogar.

¿La EPS cubre una estancia temporal?

En general, no. El listado vigente de servicios excluidos de la financiación con recursos públicos de la salud incluye los hogares geriátricos. Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Resolución 695 de 2026. Durante la estancia, su familiar sigue siendo afiliado de su EPS; consulte con ella qué servicios de salud le cubre y cómo coordinarlos con el hogar.

Cuidar también es saber cuándo parar a tomar aire. Antes de una estancia, sobre todo después de una hospitalización, siempre consúltelo con su médico o un profesional de la salud.

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Un asesor de HogaresCol escucha lo que necesita su familiar (edad, cuidados, presupuesto y zona) y le recomienda hogares en Bogotá y la Sabana. Contactar a un asesor.

Aquí puede ver todos los hogares: https://hogaresgeriatricos.com.co/hogares/

Hogares geriátricos por zona

Cuando tenga claro qué necesita su familiar, compare los hogares publicados en HogaresCol en cada zona:

Preguntas frecuentes

¿Un hogar geriátrico puede recibir a una persona solo por unos días?

Sí, si el hogar lo ofrece. La Ley 1315 de 2009 define los centros de protección social como instituciones que dan hospedaje, bienestar y cuidado integral de manera permanente o temporal. No todos reciben estancias cortas, así que pregúntelo.

¿Cuánto puede durar una estancia de respiro?

Depende del hogar y de la familia. El cuidado de respiro puede durar desde unas horas hasta varias semanas. Acuerde por escrito las fechas y las condiciones.

¿Mi familiar puede ir a un hogar después de una cirugía?

Solo si el médico considera que ya puede salir y el hogar puede darle los cuidados que necesita. La ley no permite que los hogares reciban a personas que requieran asistencia médica continua o permanente, salvo que estén habilitados para prestar servicios de salud o cuenten con el personal y los equipos necesarios.

¿Qué debo llevar para una estancia temporal?

Una hoja con sus medicamentos, dosis y horarios, alergias, dieta, rutinas y datos de contacto de la familia y de su EPS, además de ropa marcada y objetos que lo hagan sentir en casa, como una foto o una cobija.

¿La EPS paga una estancia temporal en un hogar geriátrico?

En general, no: el listado vigente de exclusiones de la salud (Resolución 695 de 2026) incluye los hogares geriátricos. Durante la estancia, su familiar sigue afiliado a su EPS; consulte con ella qué servicios de salud le cubre.

Compare hogares geriátricos por ciudad, zona y servicios.

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Fuentes

  1. National Institute on Aging, NIH: «What Is Respite Care?» (revisado en 2023). Texto traducido y adaptado
  2. National Institute on Aging, NIH: «Cuidarse a sí mismo: Sugerencias para cuidadores» (revisado en 2024). Texto adaptado
  3. National Institute on Aging, NIH: «Aging in Place: Growing Older at Home» (revisado en 2023). Texto traducido y adaptado
  4. National Institute on Aging, NIH: «Alzheimer’s Caregiving: Finding Long-Term Care» (revisado en 2024). Texto traducido y adaptado
  5. Ley 1315 de 2009 (Función Pública)
  6. Ley 2055 de 2020, Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (Función Pública)
  7. Ministerio de Salud y Protección Social: Resolución 695 de 2026 (16 de abril de 2026), listado de servicios y tecnologías excluidos de la financiación con recursos públicos de la salud, anexo técnico

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Fuente: HogaresCol — «Estancia temporal en un hogar geriátrico: qué es y cuándo usarla», actualizado el 27 de octubre de 2026. https://hogaresgeriatricos.com.co/guia/como-elegir/estancia-temporal-hogar-geriatrico/

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